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Miguel Ángel Montoya

Delito fiscal

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Cuando se comete el delito contra la Hacienda

El Título XIV del Código Penal recoge los delitos referidos al fraude, tanto a la Hacienda Pública como a la Seguridad Social.

El artículo 305 del Código Penal sanciona la evasión fiscal por importe superior a 120.000 euros, ya sea por acción o por omisión de las siguientes modalidades que afectan tanto a la Agencia Tributaria española como de la Unión Europea.

  • Eludiendo el pago de tributos.
  • O cantidades retenidas o que se hubieran debido retener.
  • Eludiendo el pago de ingresos a cuenta.
  • Obteniendo indebidamente devoluciones fiscales.
  • Disfrutando de beneficios fiscales de forma indebida.

Para que la elusión fiscal sea constitutiva de delito contra la Hacienda Pública se establece el requisito de que la cuantía de la cuota defraudada, no ingresada u obtenida indebidamente, exceda de la cantidad de 120.000 euros o de 100.000 euros si se trata de la Hacienda de la Unión Europea.

¿Qué penas contempla el Código Penal?

El delito contra la Hacienda Pública contempla penas de 1 a 5 años de prisión y multa de hasta el séxtuplo de la cantidad defraudada. Además se impondrá la pérdida de:

  • La posibilidad de obtener subvenciones.
  • Ayudas públicas.
  • El derecho a obtener beneficios o incentivos fiscales o de la Seguridad Social.

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Regularización como causa de exención penal

No obstante, el mismo precepto penal contempla una exención de la responsabilidad penal por el delito contra la Hacienda Pública en aquellos casos en los que el deudor tributario hubiera regularizado su situación tributaria, siempre y cuando esta regularización se haya realizado en los siguientes términos:

  • Se haya procedido al completo reconocimiento y pago de la deuda tributaria.
  • Que se haya realizado la regularización antes de que la Agencia Tributaria el haya notificado el inicio de comprobación o investigación tendentes a la determinación de la deuda tributaria.
  • Y en el caso de que no se hubieran producido comprobación o investigación administrativa, que la regularización se haya efectuado antes de que el Ministerio Fiscal o el Abogado del Estado o el representante de la administración autonómica, foral o local interponga querella o denuncia.
  • O antes de que el Ministerio Fiscal o el Juez de Instrucción realice actuaciones que permitan tener conocimiento formal de las actuaciones.

La regularización tributaria realizada bajo estos requisitos impedirá también la persecución penal por las posibles irregularidades contables u otras falsedades contables que se hayan cometido para el fraude fiscal.

El investigado por un delito fiscal se verá beneficiado con una rebaja de la pena si antes de transcurridos dos meses desde la citación judicial el investigado paga la deuda tributaria que se el imputa y reconoce los hechos.

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