El artículo 33.7 del Código Penal establece el amplio catálogo de penas que pueden ser impuestas a la persona jurídica condenada en los supuestos previstos y ya conocidos del 31 bis.
Antes de entrar en la relación de penas, decir que todas ellas tienen la naturaleza de graves, lo que significa que los delitos imputados o imputables a la persona jurídica tienen un plazo de prescripción de 10 años (Art. 133 CP). Esto puede llevarnos a casos en los que el delito cometido por la persona física en el ámbito de la empresa prescriba a los 5 años, y sin embargo, la responsabilidad penal de la empresa no prescriba hasta 5 años más tarde. Leer más “La empresa condenada. Catálogo de penas de la persona jurídica.”