Miguel Ángel Montoya

Abogado para administración desleal en Barcelona

El mejor abogado para administración desleal en Barcelona

Miguel Ángel Montoya es un abogado especialista en administración desleal en Barcelona.

El delito de administración desleal puede darse en una amplia variedad de situaciones entre ellas en el ámbito de las sociedades mercantiles. Como abogado experto en administración desleal, estoy cualificado para analizar cada caso en detalle y desarrollar estrategias de acusación o defensa más exitosas.

Si te encuentras en un proceso penal por delito de administración desleal contacta con mi despacho cuanto antes y analizaré tu situación procesal en una primera reunión presencial o telefónica.

El artículo 252 del Código Penal dice que:

1 Serán castigados con las penas del artículo 248 o, en su caso, con las del artículo 250, los que, teniendo facultades para administrar un patrimonio ajeno, emanadas de la ley, encomendadas por la autoridad o asumidas mediante un negocio jurídico, las infrinjan excediéndose en el ejercicio de las mismas y, de esa manera, causen un perjuicio al patrimonio administrado.

  1. Si la cuantía del perjuicio patrimonial no excediere de 400 euros, se impondrá una pena de multa de uno a tres meses.

La mejor defensa requiere de amplios conocimientos y años de experiencia en Tribunales. Solo los mejores abogados y expertos en delitos económicos aportarán la solución que necesitas. ¿quieres conocer mi experiencia? Consulta mi perfil en Linkedin

¿Cuáles son las consecuencias del delito de administración desleal?

La doctrina penal distingue dos tipos de infracción en la administración desleal:

De abuso: El autor daña el patrimonio celebrando negocios que dañan al titular.

De infidelidad: El autor gestiona el patrimonio de manera negligente que dañan el activo del titular.

En el caso de la administración desleal en el ámbito de la gestión de sociedades mercantiles, la legislación mercantil societaria contiene una guía de buenos usos en la gestión del patrimonio societario que nos sirve de guía para saber cuándo podemos estar ante un delito de administración desleal.

La Ley de Sociedades de Capital en los artículos 225 a 229 establece las siguientes obligaciones que de no cumplirse podrían derivar en administración desleal:

 

  • Deber de desempeñar su cargo de acuerdo con las leyes y los estatutos de la sociedad.(225.1)
  • Las decisiones sujetas a discrecionalidad deben adoptarse conforme a estándares de diligencia de un ordenado empresario y sin interés personal en el asunto (226.1)
  • Deber de lealtad y de obra de buena fe y en el mejor interés de la sociedad (227.1)
  • No ejercitar las facultades con fines distintos de aquellos que le han sido concedidos. (228.a)
  • Hacer uso de los activos sociales para uso privado (229.c)
  • Aprovecharse de las oportunidades de negocio de la sociedad.
  • Obtener ventajas o remuneraciones de terceros distintos de la sociedad (229.d)

¿Qué penas establece el Código Penal?

El Código Penal establece penas de seis meses a tres años de prisión que pueden incrementarse hasta los seis años de prisión y multa, si el valor de lo defraudado supera los 50.000 euros o afecta a un elevado número de personas.

¿Cómo te ayudará nuestro abogado para administración desleal en Barcelona?

Miguel Ángel Montoya es un abogado especialista en administración desleal en Barcelona, con más de 30 años de experiencia en el campo del derecho penal económico y de la empresa.

Prestamos nuestros clientes un apoyo legal completo y personalizado. El caso será tratado exclusivamente por nuestro abogado que realizará personalmente todas las reuniones y acciones procesales en tu defensa.

Ponte en contacto lo antes posible con nuestro abogado especialista en administración desleal en Barcelona y nos pondremos a trabajar en tu caso desde la primera reunión que tengamos contigo.

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